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Marco para la protección de datos - guía para los legisladores
mayo 14, 2018

Ocho ideas clave para el debate de una Ley de Protección de Datos en Ecuador

Huaira Medios & Comunicados, Noticias

Huaira está proponiendo ideas clave para el debate de una legislación sobre protección de datos que desarrolle los derechos de los ciudadanos frente a la captura, almacenamiento y procesamiento de datos por parte del Estado o de las corporaciones privadas.

En Ecuador, la protección de datos es un derecho fundamental. La Constitución de Ecuador en su Art. 66, numeral 19, establece que se reconoce y garantizará a las personas «el derecho a la protección de datos de carácter personal, que incluye el acceso y la decisión sobre información y datos de este carácter, así como su correspondiente protección. La recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos datos de información requerirán la autorización del titular y el mandato de la ley”.

Internacionalmente, la protección de datos personales o de información personalmente identificable implica establecer reglas que deben cumplir todas las entidades públicas y privadas que capturen, almacenen o procesen datos de los ciudadanos.

Huaira presenta como prioridades para guiar el debate:

1]. Garantizar consultas públicas del proyecto de ley y mesas redondas de expertos en protección de datos, con la participación significativa de los grupos de la sociedad civil.

2]. Incluir en la legislación claras definiciones de los principios básicos de la protección de datos, incluyendo a) limitación de la recopilación y procesamiento de datos para fines específicos y legítimos; b) minimización de la recopilación de datos a lo requerido para cumplir con propósitos de servicios específicos; c) Los usuarios deben tener el derecho a eliminar, rectificar y corregir su información personal recopilda por agencias del Estado.

3]. Incluir protección de datos sensibles como los datos genéticos y biométricos, así como los metadatos de las comunicaciones.

4]. Incluir el establecimiento de derechos de los usuarios, especialmente en los siguientes aspectos:

a) Habilitar de la obtención de información sobre servicios y compañías con respecto a la recopilación y procesamiento de datos personales que los conciernan; b) derecho a rehusarse al procesamiento de su información personal; c) derecho a solicitar la eliminación de todos los datos personales vinculados a ellos al momento en que dejan de usar un servicio o aplicación; d) derecho de rectificación de información errónea que los concierna; e) derecho a información clara y entendible por parte de las entidades que procesan sus datos; f) derecho a obtener información sobre la lógica que subyace en el tratamiento de datos personales automatizado y sus consecuencias; g) derecho a la portabilidad que permita que los usuarios movilicen ciertos datos personales que han compartido de una plataforma a otra que ofrezca servicios similares.

5]. Forzar la obligatoriedad del establecimiento de mecanismos de protección de la seguridad de los datos, incluyendo medidas de solución, reparación y notificación al usuario en caso de que ocurran filtraciones o algún otro tipo de falla de seguridad.

6]. Crear una autoridad de supervisión independiente (agencia o comisión de protección de datos) que ofrezca mecanismos robustos de aplicación de la ley.

7]. Impedir que se incluyan en la ley de protección de datos excepciones que permitan al Estado recopilación y procesamiento de excesiva información sobre los ciudadanos por razones de seguridad nacional.

8]. Impedir que se establezcan provisiones del «derecho al olvido» ara habilitar la remoción de contenido en línea en violación del derecho a la libre expresión y la libertad de acceso a la información.

***
Más información para el debate en «La creación de un marco para la protección de datos: Una guía para los legisladores sobre qué hacer y qué no» de Access Now.

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